Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Resolución nacional 622/05 del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados - Servicio de atención al veterano de guerra de Malvinas

Sanción : 16 de mayo de 2005
Publicación : B.Instituto 16/5/05

Artículo 1 : Crear el Servicio de Atención al Veterano de Guerra de Malvinas en cada una de las Unidades de Gestión Local.

Artículo 2 : Establecer la responsabilidad primaria y acciones del servicio creado por el artículo precedentemente conforme se detallan en el anexo I, que pasa a formar parte de la presente.

Artículo 3 : Disponer que la dotación de cada servicio en las Unidades de Gestión Local, estará integrada preferentemente con veteranos de guerra, y se determinará de acuerdo a la cantidad de afiliados y a su distribución poblacional.

Artículo 4 : La Subgerencia de Veteranos de Guerra deberá elevar a la Dirección Ejecutiva las propuestas de dotación para cubrir el Servicio de Atención al Veterano de Guerra en cada Unidad de Gestión Local.

Artículo 5 : Establecer que los agentes que se desempeñen en el mencionado Servicio dependerán técnicamente de la Subgerencia de Veteranos de Guerra y administrativamente del Director Ejecutivo local de cada Unidad de Gestión Local.

Artículo 6 : Comuníquese, etc.


Cabe señalar que en los "considerandos" de esta norma se indica que el servicio creado se destina a atender el programa instituido por la resolución 191/05 del INSSJP.


 

ANEXO I - RESOLUCIÓN Nº 622-05
SERVICIO DE ATENCIÓN A VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS


RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Atender la demanda de los veteranos de guerra y su grupo familiar en el ámbito de cada U.G.L. dentro de las normas vigentes en el Instituto para la cobertura médico-asistencial.

ACCIONES

- Orientar y asesorar a los afiliados veteranos de guerra de Malvinas y su grupo familiar primario respecto de los servicios, propios o tercerizados, que el instituto le ofrece a los mismos.
- Facilitar a los afiliados veteranos de guerra de Malvinas y su grupo familiar primario el acceso a las prestaciones médico-asistenciales en todos sus niveles.
- Coordinar con otras áreas de la U.G.L. la cobertura de necesidades del veterano de guerra y sus familiares a cargo.
- Mantener un contacto fluido y permanente con las instituciones que los nuclean en el ámbito de la U.G.L.
- Realizar el seguimiento y generar la información estadística requerida de todas las prestaciones recibidas por los afiliados veteranos de guerra de Malvinas y su grupo familiar primario.
- Registrar en forma detallada todas aquellas afecciones que se detecten en la población y en especial aquellas que pudieran ser secuelas por su condición de veterano de guerra de Malvinas.
- Mantener actualizado el registro de prestadores para veteranos de guerra informando al PAMI Escucha local y de nivel central, y a los afiliados.
- Gestionar ante el área competente los traslados y derivaciones para atender las distintas necesidades prestacionales.
- Mantener el registro de externados realizando el seguimiento del caso luego del alta.
- Analizar las demandas eventuales del veterano de guerra y sus familiares a cargo y sugerir opciones de resolución de problemas y superación de dificultades.
- Coadyuvar para mantener la red vincular del veterano de guerra procurando evitar cuadros de abandono.
- Interactuar con otros organismos que cuentan con programas de asistencia y atención a los veteranos de guerra