Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasLey 3.203/11 de la Prov. de Santa Cruz - Denominación como "Héroes de Malvinas" a los combatientes y caídos en el conflicto de 1982 Sanción : 31 de marzo de 2011 Artículo 1 : Denomínase en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz, como "Héroes de Malvinas" a aquellos combatientes y caídos en el conflicto de 1982, sin distinción de fuerzas a las que pertenecían, grados militares o funciones que cumplían. El término irá desplazando al de "Veterano de guerra". Artículo 2 : El término "Héroes de Malvinas", será utilizado en adelante en las leyes que sancione la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz, para denominar a los ex combatientes del conflicto de 1982. Artículo 3 : Esta denominación se hará extensiva y el término será de uso corriente en escuelas, organismos públicos y toda normativa y bibliografía emitida por el Estado Provincial. Artículo 4 : Modifícase la ley 2.747 sobre "Pensión mensual y otros beneficios para ex combatientes del Conflicto del Atlántico Sur", reemplazando en su texto el término "Veterano de guerra" por el término "Héroes de Malvinas". Artículo 5 : Comuníquese, etc.
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