Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasDecreto 2.296/06 de la Prov. de Bs. As. - Escrituras sociales para ex combatientes de Malvinas Sanción : 14 de septiembre de 2006 Artículo 1 : Declarar de interés social las escrituras a favor de ex combatientes en las Islas Malvinas que se encuentren alcanzados por las previsiones en las leyes 10.428, 11.221, 11.162, 12.006 y 12.875. Artículo 2 : El Ministerio de Economía y la Escribanía General de Gobierno dictarán las normas operativas y administrativas inherentes al presente decreto. A tales fines se formará una Comisión integrada por un miembro de cada uno de los mencionados organismos. Artículo 3 : El presente decreto será refrendado por los Ministros de Gobierno y de Economía. Artículo 4 : Comuníquese, etc.
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