Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Decreto 2.498/07 de la Prov. de Santa Cruz - Aporte no reintegrable para actividades deportivas de centro de veteranos de guerra

Sanción : 24 de agosto de 2007
Publicación : B.O.23/10/07 (Sintetizado)

Otórgase un aporte no reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de pesos veinte mil ($ 20.000.-) a favor del Centro de Veteranos de Guerra "José Honorio Ortega" de Río Gallegos, en la persona de su presidente, señor Eduardo Chorrero (D.N.I. Nº 14.013.051), el que será destinado a solventar los aranceles de inscripción y compra de indumentaria deportiva para las cuatro (4) categorías de los equipos de fútbol que participan en la Asociación Independiente de Fútbol de los Barrios.

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al anexo: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - ítem: Ministerio - carácter: Administración Central - finalidad: servicios sociales - función: promoción y asistencia social - subfunción: promoción y asistencia social sin discriminar - sección: erogaciones corrientes - sector: transferencias - partida principal: transferencias - partida parcial: transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes - partida subparcial: transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del ejercicio 2007.

Abonar por Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General y la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, al Centro de Veteranos de Guerra "José Honorio Ortega" de Río Gallegos, en la persona de su presidente, señor Eduardo Chorrero (D.N.I. Nº 14.013.051), la suma indicada en el artículo 1 con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión.


 

Decreto 2.550/10 de la Prov. de Santa Cruz - Aporte no reintegrable para festival homenaje de centro de veteranos de guerra

Promulgación : 25 de octubre de 2010
Publicación : B.O.10/5/11 (Sintetizado)

Otórgase un aporte no reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma total de pesos veinticinco mil ($ 25.000) a favor dé la Asociación Centro de Veteranos de Guerra de Malvinas Argentinas "Soldado José Honorio Ortega" de nuestra ciudad capital - C.U.I.T 30-70253634-7, en la persona de su presidente, señor Enrique Fernando Alturria (Clase Nº 1962 - D.N.I. Nº 16.023.240), destinado a solventar los gastos que demandará la realización del Primer Festival Homenaje a Malvinas denominado "Por la vida y la memoria, Malvinas", que llevará a cabo dicha institución el día 20 de noviembre del corriente año.

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al anexo: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - ítem: Ministerio - carácter: Administración Central - finalidad: servicios socíales - función: promoción y asistencia social - subfunción: promoción y asístencia social sin discriminar - sección: erogaciones corrientes - sector: transferencias - partida principal: transferencias - partida parcial: transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes - partida subparcial: transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del ejercicio 2010.

Por Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General y la Dirección Provincial de Administración de la Gobernación, abónese la suma total de pesos veinticinco mil ($ 25.000.-) a favor de la Asociación Centro de Veteranos de Guerra de Malvinas Argentinas "Soldado José Honorio Ortega" de nuestra ciudad capital - C.U.I.T 30-70253634-7, en la persona de su presidente, señor Enrique Fernando Alturria (Clase Nº 1962 -D.N.I. Nº 16.023.240), con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión.


 

Decreto 884/11 de la Prov. de Santa Cruz - Aporte no reintegrable a centro de veteranos de guerra, para gastos de viaje a las Islas Malvinas

Promulgación : 16 de mayo de 2011
Publicación : B.O.10/4/12 (Sintetizado)

Otorgase un aporte no reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de pesos setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro ($ 75.844,00) a favor de la Asociación Centro de Veteranos de Guerra de Malvinas - Soldado José Honorio Ortega C.U.I.T. Nº 30-70253634-7 de nuestra ciudad capital, en la persona de su presidente don Enrique Fernando Alturria (D.N.I. Nº 16.023.240) destinado a solventar los gastos de trasporte, alojamiento, comida y otros que demandará el viaje que realizarán los veteranos de guerra a las Islas Malvinas.

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al anexo: Ministerio Secretaría General de la Gobernación - ítem: Ministerio - carácter: Administración Central - finalidad: servicios sociales - función: promoción y asistencia social - subfunción: promoción y asistencia social sin discriminar - sección: erogaciones corrientes - sector: transferencias - partida principal: transferencias - partida parcial: transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes - partida subparcial: transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del ejercicio 2011.

Por Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General y la Dirección Provincial de Administración de la Gobernación, abónese la suma de pesos setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro ($ 75.844,00) a favor de la Asociación Centro de Veteranos de Guerra de Malvinas - Soldado José Honorio Ortega C.U.I.T. Nº 30-70253634-7 de nuestra ciudad capital, en la persona de su presidente don Enrique Fernando Alturria (D.N.I. Nº 16.023.240) con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión.