Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasDecreto 3.901/16 de la Prov. de Tucumán - Imposibilidad de ejercer la prioridad de cobertura de vacantes en la Administración Pública para veteranos de guerra, por carencia de reglamentación de la ley 6.001/89 Sanción : 25 de noviembre de 2016 Artículo 1 : Recházase lo solicitado por el Sr. Héctor Horacio Mansilla, D.N.I. 16.417.823, con respecto a su pedido de ingreso a la Administración Pública provincial en los términos del art. 2, inc. a) de la ley 6.001, por los motivos expuestos precedentemente. Artículo 2 : El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación. Artículo 3 : Comuníquese, etc. Cabe aclarar que en los "considerandos" del decreto se indica que la ejecución de la ley 6.001 está sujeta a que exista la pertinente reglamentación especialmente en lo que respecta a la proporción en que deberían ingresar los beneficiarios de dicha ley; y que hasta tanto se dicte su reglamentación, es inaplicable para el ingreso en la Administración Pública en los términos establecidos en la misma, por lo que corresponde que se rechace lo solicitado.
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