Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Decreto nacional de necesidad y urgencia 1.472/08 - Bonificación de la pensión para veteranos de Malvinas y otros regímenes sociales, para quienes residan en la zona austral del país

Sanción : 15 de septiembre de 2008
Publicación : B.O.16/9/08
Validación de la C. Diputados: 28 de octubre de 2009 - B.O.22/12/09

Por tratarse de una norma extensa, que modifica numerosos aspectos del Presupuesto General de la Administración Nacional del año 2008, sólo se reproducirá el artículo relacionado con los ex combatientes de Malvinas.

Artículo 15 : Sustitúyese el artículo 1 de la ley 19.485 el quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1 : Establécese el coeficiente de bonificación 1,40 para las jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, graciables y la pensión honorífica para veteranos de guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur, que se abonan a los beneficiarios que residan en las Provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.


 

Cabe aclarar que la ley 19.485 estableció un coeficiente de bonificación de uno con veinte centésimos (1,20) para las jubilaciones y pensiones de los beneficiarios radicados en las regiones australes de la República Argentina.