Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasDecreto nacional de necesidad y urgencia 1.472/08 - Bonificación de la pensión para veteranos de Malvinas y otros regímenes sociales, para quienes residan en la zona austral del país Sanción : 15 de septiembre de 2008
Artículo 15 : Sustitúyese el artículo 1 de la ley 19.485 el quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 1 : Establécese el coeficiente de bonificación 1,40 para las jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, graciables y la pensión honorífica para veteranos de guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur, que se abonan a los beneficiarios que residan en las Provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Cabe aclarar que la ley 19.485 estableció un coeficiente de bonificación de uno con veinte centésimos (1,20) para las jubilaciones y pensiones de los beneficiarios radicados en las regiones australes de la República Argentina.
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