Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasLey 7.654/04 de la Prov. de La Rioja - Monumentos a los riojanos caídos en el conflicto bélico de Malvinas Sanción : 13 de mayo de 2004 Artículo 1 : Dispónese que la Función Ejecutiva mediante el organismo que corresponda realice convenios de cooperación con todos los municipios de la Provincia, con el fin de erigir en las plazas principales de las cabeceras departamentales un monumento a los riojanos caídos en el conflicto bélico de Malvinas, en el cual se insertará una placa con los nombres de cada uno de ellos. Artículo 2 : El Gobierno Provincial deberá dotar a las municipalidades de la placa recordatoria con el listado de nombres y apellidos de los riojanos caídos en el conflicto bélico de Malvinas y las municipalidades deberán realizar el monumento. Artículo 3 : El convenio podrá establecer el llamado a concurso para el diseņo del monumento y/o la placa recordatoria. Artículo 4 : Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán tomados de Rentas Generales. Artículo 5 : Comuníquese, etc.
|