Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasLey 5.537/06 de la Prov. de Jujuy - Monumento recordatorio del A.R.A. Gral. Belgrano Sanción : 16 de noviembre de 2006 Artículo 1 : El Poder Ejecutivo Provincial deberá instrumentar las medidas necesarias a fin de concretar en la ciudad de San Salvador de Jujuy, la materialización de un monumento recordatorio del ARA General Belgrano de la Armada Argentina, hundido por la fuerza naval inglesa durante la guerra de Malvinas. Artículo 2 : Dispónese que el día 02 de mayo de cada año, o el día hábil anterior o posterior si éste fuera feriado, se dicten clases alusivas a modo de evocación de dicha gesta en todos los establecimientos educacionales de la provincia de Jujuy. Artículo 3 : El Poder Ejecutivo Provincial deberá prever las partidas presupuestarias correspondientes para el ejercicio 2007, a fin de hacer efectiva la presente ley. Artículo 4 : Comuníquese, etc.
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