Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Ley 3.092/18 de la Prov. de La Pampa - Plan de turismo social para veteranos de Malvinas y otros beneficiarios

Sanción : 16 de agosto de 2018
Promulgación : 31 de agosto de 2018
Publicación : B.O.14/9/18

Por tratarse de una norma extensa, que define al turismo como actividad estratégica para el desarrollo provincial, sólo se reproducirá el capítulo que establece el turismo social para ex combatientes de Malvinas y otros beneficiarios.


CAPÍTULO VII: DEL TURISMO SOCIAL

Artículo 17 : La autoridad de aplicación, en conjunto con su par de Desarrollo Social o el organismo que lo reemplace y los municipios, deberán definir un plan integral de turismo social pampeano tendiente a fomentarlo y desarrollarlo, promoviendo la valoración y el conocimiento del territorio de la provincia de La Pampa.

Artículo 18 : La autoridad de aplicación promoverá la suscripción de acuerdos con prestadores de servicios turísticos por medio de los cuales se determinarán acuerdos de precios y/u otras condiciones especiales, que hagan posible el cumplimiento de los objetivos previstos en el presente capítulo, y en beneficio de los grupos de: trabajadores, estudiantes, discapacitados, veteranos de Malvinas, docentes, jubilados, pensionados y otros, de la provincia de La Pampa.