Beneficios sociales
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas
Ley nacional 24.901/97 - Financiamiento de las prestaciones de atención integral a personas con discapacidad, para ex combatientes comprendidos en la ley 24.310/94 y otros beneficiarios
Sanción : 5 de noviembre de 1997
Promulgación : 2 de diciembre de 1997 (Aplic. art. 80 Const. Nac.)
Publicación : B.O.5/12/97
Por tratarse de una norma extensa, que instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, sólo se reproducirá la parte del artículo 7 que está relacionada con los veteranos que sufrieron incapacidades con motivo de las acciones bélicas en las Malvinas.
Artículo 7 : Las prestaciones previstas en esta ley se financiarán del siguiente modo. Cuando se tratare de: ....................................................................................................................................... e) Personas beneficiarias de pensiones no contributivas y/o graciables por invalidez, ex combatientes ley 24.310 y demás personas con discapacidad no comprendidas en los incisos precedentes que no tuvieren cobertura de obra social, en la medida en que las mismas o las personas de quienes dependan no puedan afrontarlas, con los fondos que anualmente determine el presupuesto general de la Nación para tal fin. .......................................................................................................................................
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