Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Ley nacional 24.013/91 - Acceso a programas de empleo para grupos protegidos de trabajadores, para ex combatientes y otros beneficiarios

Sanción : 13 de noviembre de 1991
Promulgación parcial : 5 de diciembre de 1991 - Decreto 2.565 (Obs. inc. g) del art. 19, art. 32, inc. a) 3 y 4 del art. 145, art. 147, art. 148, párrafo segundo del art. 150 del y párrafo tercero del art. 152)
Publicación : B.O.17/12/91

Por tratarse de una norma muy extensa, que se conoce como "ley nacional de empleo", sólo se reproducirá el artículo que está relacionado con los ex combatientes.


 
TÍTULO III
De la promoción y defensa del empleo

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Capítulo 3
Programas de empleo para grupos especiales de trabajadores

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Artículo 85 : Programas para grupos protegidos. A los efectos de esta ley se considerará como tales, a las personas mayores de catorce (14) años que estén calificadas por los respectivos estatutos legales para liberados, aborígenes, ex combatientes y rehabilitados de la drogadicción. Estos programas tomarán en cuenta la situación especial de sus beneficiarios y el carácter del trabajo como factor de integración social. Los empleadores que participen en estos programas podrán contratar a trabajadores de estos grupos protegidos por tiempo indeterminado, gozando de la exención del artículo 46 de esta ley por el período de un año
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Cabe señalar que el artículo 46 de esta ley exime al empleador del pago del 50 % de las contribuciones patronales por este tipo de contratos a las cajas de jubilaciones correspondientes, al INSSPyJ, a las cajas de asignaciones y subsidios familiares, y al Fondo Nacional del Empleo.