Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasDecreto 3.901/88 de la Prov. de Entre Ríos - Prioridad en la adjudicación de viviendas a ex combatientes de Malvinas Sanción : 10 de agosto de 1988
Artículo 7 : Se deberá otorgar prioridad a los ex combatientes de las acciones bélicas de Malvinas y Atlántico Sur, radicados a la fecha del presente en la provincia, que soliciten vivienda y que reúnan los requisitos del Fondo Nacional de la Vivienda. Esta prioridad se mantendrá por el término de un año a partir de la vigencia del presente decreto.
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