Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasLey 3.281/87 de la Prov. del Chaco - Cargos en planta permanente para ex soldados combatientes en Malvinas Sanción : 15 de julio de 1987 Artículo 1 : Incorpórase al presupuesto general de la provincia para el ejercicio 1987, la cantidad de cien (100) cargos en planta permanente, con destino a la designación en los mismos de ex soldados combatientes en Malvinas. Artículo 2 : Facúltase al Poder Ejecutivo a distribuir analíticamente en sus respectivas jurisdicciones los cargos autorizados por la presente ley en función de sus necesidades operativas, con la participación del Centro de Ex Combatientes en Malvinas con sede en Resistencia. Artículo 3 : Exceptúase por esta única vez del régimen de concurso vigente la cobertura de los cargos comprendidos en el artículo 1 de la presente ley. Artículo 4 : El gasto emergente de lo dispuesto en la presente ley se imputará a la respectiva partida del presupuesto en vigencia, de acuerdo con la naturaleza de la erogación. Artículo 5 : Comuníquese, etc.
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