Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasOrdenanza municipal 37.945/82 de la Ciudad de Bs. As. - Incorporación de ex combatientes de las Islas del Atlántico Sur Sanción : 5 de julio de 1982 Artículo 1 : Autorízase la designación en las funciones contempladas en el escalafón general (ordenanza 33.651 - B.M. 15.560), de ex combatientes que hayan participado revistando en las Fuerzas Armadas de la Nación en las acciones bélicas libradas a partir del 2 de abril de 1982, exceptuándoseles de los requisitos de ingreso establecidos en el artículo 4 inc. b), d) y e) del Estatuto para el Personal Municipal aprobado por ordenanza 33.640 (B.M. 15.558) y del requisito de estudios primarios completos establecidos por el escalafón general para los grupos D y E del citado ordenamiento. Artículo 2 : La calidad de ex combatientes requerida por el artículo anterior se acreditará mediante constancias expedidas por los organismos competentes dependientes de los Comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación. Artículo 3 : La presente ordenanza será refrendada por el señor Secretario General de la Intendencia. Artículo 4 : Comuníquese, etc.
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